La factura electrónica obligatoria entre empresas y profesionales lleva años anunciándose. En 2026 ha dado el paso definitivo: el Real Decreto 238/2026, publicado en el BOE el 31 de marzo, desarrolla la obligación que ya recogía la Ley Crea y Crece.
Qué significa exactamente
Hoy mucha gente llama «factura electrónica» a un PDF enviado por correo. No lo es. La nueva obligación exige facturas en un formato estructurado, legible por máquinas, compatible con la norma europea EN 16931. Los formatos admitidos son los habituales en este mundo: Facturae, UBL, CII o EDIFACT.
Además, no basta con emitirlas: habrá que informar del estado de cada factura, es decir, si se ha aceptado, rechazado o pagado, y de la fecha efectiva de pago. El objetivo es reducir la morosidad y que se cumplan los plazos de pago.
Cuándo te toca
El real decreto entró en vigor el 20 de abril de 2026, pero la obligación real empieza a contar desde que se publique la orden ministerial que lo desarrolla:
- Empresas que facturan más de 8 millones de euros al año: doce meses después de esa orden.
- El resto de empresas y autónomos: veinticuatro meses después.
Las estimaciones que se manejan sitúan esas fechas hacia octubre de 2027 y octubre de 2028, respectivamente. Conviene seguir las novedades, porque los calendarios de este tipo de normas suelen moverse.
Y no, no es lo mismo que TicketBAI o Verifactu
Son obligaciones distintas que conviven. TicketBAI, en Bizkaia, y Verifactu, en el resto de España, regulan cómo se emiten y registran las facturas ante Hacienda. La factura electrónica entre empresas regula el formato en que se envían al cliente y el seguimiento de su pago. Un buen programa de facturación puede resolver ambas cosas a la vez.
Cómo prepararte sin prisas
1. Revisa tu programa de facturación. Pregunta a tu proveedor si emitirá facturas en formato estructurado y si enviará los estados de pago.
2. Ordena tus datos de clientes. NIF, razón social y direcciones correctas. Con la factura electrónica, un error de datos se nota enseguida.
3. Piensa en tus herramientas. Si tienes una web que vende, una app o un sistema de pedidos, conviene que se conecte con la facturación para no duplicar trabajo.
4. Habla con tu asesoría. Es quien mejor puede ayudarte a elegir el momento y la herramienta.
Este artículo es informativo y está basado en la normativa publicada a su fecha. Consulta siempre con tu asesoría antes de tomar decisiones.


